«Spirits of the Cave»: Jonathan Bailey
La Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés afirma que el mismo “está integrado por todos los bienes materiales e inmateriales relacionados con la historia y la cultura de Aragón que presenten interés antropológico, antrópico, histórico, artístico, arquitectónico, mobiliario, arqueológico, paleontológico, etnológico, científico, lingüístico, documental, cinematográfico, bibliográfico o técnico, hayan sido o no descubiertos y tanto si se encuentran en la superficie como en el subsuelo o bajo la superficie de las aguas«. La misma ley, ante infracciones por la realización de labores arqueológicas no autorizadas, establece que la cuantía de las sanciones oscilará entre 60.101 y 300.506 euros.
Y a la ley anterior pretende acogerse el gobierno aragonés para plantear expediente sancionador contra la Asociación para la Recuperación de la Memoria Histórica (ARMH) en el caso de la apertura de una fosa de la guerra (in)civil en Valdearnero (Calatayud), donde, según el dictamen de los técnicos de Patrimonio, se procedió a la retirada de restos óseos contando con los preceptivos permisos municipales pero obviando los protocolos legislativos aragoneses.
Si ya resulta aberrante definir como excavación arqueológica aquello que, en realidad, supone la humanitaria y justa búsqueda y recuperación de quienes -como consecuencia de la barbarie- yacen repartidos por el subsuelo del territorio, ¿cómo denominar la nula consideración que de la Resolución de Naciones Unidas 47/133 sobre Desaparición Forzada, de 18 de diciembre de 1992 -ratificada por el gobierno español- tiene Patrimonio Cultural Aragonés?