«Once a Catholic»: Dominic Rouse
A Dolores Labián, septuagenaria y, durante más de cincuenta años, empleada a tiempo completo de las sorores del Convento de Santa Clara, en Huesca, le ha dado la razón el juez en la demanda civil interpuesta contra ella y su marido por el Obispado oscense, en representación de la Comunidad de Franciscanas Clarisas. Dicha demanda no tenía otra finalidad que la de desahuciar a la pareja de ancianos de la casa anexa al cenobio.
Doña Dolores, que entró a trabajar en el convento de monjas de clausura en 1956 y que carece de pensión por no haber cotizado a la Seguridad Social, suscribió con las religiosas de entonces -la mayoría ya fallecidas o muy ancianas- un acuerdo verbal en virtud del cual las Hermanas de Santa Clara cedían al matrimonio -permanentemente y como pago por sus servicios- el uso y disfrute de la vivienda conventual. Dicho acuerdo se mantuvo vigente hasta 2007, cuando un nuevo grupo de Clarisas, llegadas de Barcelona, se hizo cargo de la administración del convento, relevó a los esposos de sus quehaceres y les instó a desalojar la vivienda que ocupaban. La negativa de la pareja a abandonar el que durante cincuenta y un años había sido su hogar tuvo como cristianísima respuesta la presentación de una demanda de desahucio en enero de 2008.
El titular del Juzgado número 1 de Huesca, en el auto de desestimación fallado en el presente mes, considera que la ocupación de la casa ha de entenderse, en contra de lo alegado por la parte demandante, como «una justa compensación o retribución en especie por los trabajos o funciones de portería«, facultando por ello, mediante sentencia firme, a Dolores Labián y a su marido para residir en dicho domicilio con carácter vitalicio. Asimismo, y como procede en estos casos, las Hermanas Clarisas o, en su defecto, el Obispado, deberán hacerse cargo de las costas procesales.